La presentación de libros y registros electrónicos obedece a un cronograma MENSUAL y a las normas de plazos de atraso máximo de libros y registros, el incumplimiento acarrea sanciones – multas por parte de SUNAT.
En este artículo, analizaremos los estados permitidos para corregir anotaciones en los libros y registros electrónicos conforme lo ha establecido SUNAT.
CRONOGRAMAS DE REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS ELECTRÓNICOS 2019.
Oportunidad para Corrección DE LOS LIBROS ELECTRÓNICOS.
Toda corrección de una anotación realizado incorrectamente en un periodo, debemos esperar el siguiente periodo o uno posterior.
Por ejemplo: Si el error fue en el periodo Junio 2019, podrás realizar la corrección a partir del periodo Julio 2019 en delante.
NOTA: Un libro o registro electrónico no se puede rectificar o sustituir, solo se pueden corregir las anotaciones erróneas con los estados que se explicaran a continuación, según corresponda.

Los estados o indicadores para presentar y para corregir los libros o registros electrónicos son:
ple – ESTADO ” 0 ”
Se usa cuando tenemos Facturas, boletas, Recibos por Honorarios de compra que NO da derecho a crédito fiscal. (Anotación optativa sin efecto en el IGV) correspondiente al periodo y emitida en el periodo.
ple – ESTADO ” 1 ”
El estado 1 es cuando la operación corresponde al PERIODO, se usa cuando cumpla DOS requisitos:
- Cuando se anota el C.dP. en el periodo que se emitió o se pago el impuesto y sea uno que SI da derecho a crédito fiscal y
- Corresponda al periodo a declarar ;
- Ejemplo
- Si declaro el registro de Compras o Ventas electrónico de Julio 2019 y la factura por la compra (Con derecho a crédito fiscal) o venta sea emitida en el mismo mes de julio 2019.
- Si declaro mi Libro Diario y Libro Mayor electrónico de Julio 2019 y los asientos correspondan al mismo periodo.

ple – ESTADO ” 2 ”
Corresponde cuando el documento o CdP (Comprobante de Pago) ha sido anulado durante el periodo previamente a ser entregado, emitido o durante su emisión.
ple – ESTADO ” 6 ”
Cuando la fecha de emisión del C.dP. o del pago del impuesto, por operaciones gravadas con IGV, es anterior al periodo de anotación y este se anota dentro de los 12 meses siguientes a la emisión o pago, según corresponda. Por ejemplo:
- Por emisión: comprobantes de periodos anteriores no anotados en el registro de compras, así, una factura de compras emitida el 01/01/2019 pero se anota en el registro de compras en el Periodo Julio 2019.
- Por Pago: Los recibos de servicios públicos. Según el Art. 21 de la Ley de IGV. el crédito fiscal podrá aplicarse al vencimiento del plazo para el pago del servicio o en la fecha de pago, lo que ocurra primero.

ple – ESTADO ” 7 ”
Cuando la fecha de emisión del C.dP. o del pago del impuesto, por operaciones gravadas con IGV, es anterior al periodo de anotación y este se anota DESPUES de los 12 meses siguientes a la emisión o pago.
ple – ESTADO ” 8 ” [ De Corrección ]
El estado 8 lo utilizaremos cuando la anotación del CdP. corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotado en dicho periodo. Por Ejemplo:
- Anotar una factura en tu registro de ventas que por error no se anotó en su periodo.
- Anotar los asientos de planilla en tu libro diario.
ple – ESTADO ” 9 ” [ De Corrección ]
El estado 9 lo utilizaremos cuando la anotación del CdP. corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotado en dicho periodo. Por Ejemplo:
- Una factura errada en la fecha en tu registro de compras electrónico.
- Falta los datos de las detracciones en tu registro de compras electrónico.
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hola, declare mis registros de compras y ventas electronicos pero me falto agregar la serie 02 de mis facturas de ventas como hago para registrarlos ? .gracias.
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Las ventas no registradas se anotan con el estado 8 en el mes siguiente o mes que pretenda regularizar.
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He anotado 2 facturas de ventas con error en la serie, en octubre declare la factura FT03-0034, debiendo ser la FT03-0035, Y FT03-0035 debiendo ser FT03-0036, los montos no varían, pero la FT03-0034 ya había sido declarada en su momento. ¿Cómo realizo esas anotaciones en el PLE? ¿la declaración en el pdt 0621 debo corregirla?
Por favor necesito de su orientación y ayuda.
De antemano gracias.
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hola Nicandro, puedes corregir los números y series de las facturas que mencionas, en el MES (PERIODO) siguiente con el Estado 9, no es necesario rectificar el PDT 621, por que indicas que los montos no generan diferencias. Saludos. [Asesoría al WhatsApp 958 542 958].
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